Cuando nos damos de alta como autónomos tenemos que cumplir con la normativa fiscal y tributaria vigente. Te hacemos un breve detalle de los modelos e impuestos que debes presentar:

IMPUESTOS Y MODELOS TRIMESTRALES

  • IVA (modelo 303): presentar modelo 303 hasta el día 20 de los meses de abril, julio y octubre y hasta el 30 de enero. Si realizas operaciones intracomunitarias, además deberás presentar el modelo 349.
  • IRPF (modelo 130 / 131): presentar modelo 130 si tributas en estimación directa o el modelo 131 si tributas en estimación objetiva, hasta el día 20 de los meses de abril, julio y octubre y hasta el 30 de enero.
  • IRPF retenciones de trabajadores y profesionales (modelo 111): presentar modelo 111 si tienes contratados a trabajadores o a profesionales autónomos a los que tengas que practicar retención a cuenta de su IRPF, hasta el día 20 de los meses de abril, julio, octubre y enero
  • IRPF retención alquiler (modelo 115): presentar modelo 115 si tienes alquilado un local/oficina cuya factura lleve retención, hasta el día 20 de los meses de abril, julio, octubre y enero.

IMPUESTOS Y MODELOS ANUALES

  • IVA ANUAL (modelo 390): es una declaración informativa y recapitulativa, que se presenta con el modelo 390 en el mes de Enero.
  • IRPF ANUAL retenciones de trabajadores y profesionales (modelo 190): es una declaración informativa y recapitulativa, que se presenta con el modelo 190 en el mes de Enero.
  • IRPF ANUAL retención alquiler (modelo 180): es una declaración informativa y recapitulativa, que se presenta con el modelo 180 en el mes de Enero.
  • DECLARACIÓN ANUAL DE OPERACIONES CON TERCEROS (modelo 347): es una declaración informativa de las operaciones realizadas con clientes / proveedores que durante el año anterior hayan superado el importe de 3.005,06€. Se presenta con el modelo 347 durante el mes de Febrero
  • RENTA – IRPF ANUAL (modelo 100): presentar el modelo 100 desde el 1 de abril hasta el 30 de junio.

En el caso que no puedas hacer frente de forma temporal a los pagos con hacienda, tienes la opción de solicitar aplazamiento de las deudas.

Calendario del contribuyente 2020